Micelio

Artículo 2

Decreto 363 de 1957 · Sobre ampliación de facultades del Instituto Zooprofiláctico Colombiano

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Para los fines de que trata el Artículo anterior ordenase la entrega como aporte del Estado al capital del Instituto Zooprofilactico Colombiano, de todos los elementos que actualmente figuran en el inventario del Ministerio de Agricultura para la Campaña Antiaftosa en el país.

Parágrafo

Len entrega de material de que trata el artículo anterior, se llevara a cabo mediante comisiones del Ministerio de Agricultura, del Instituto Zooprofilactico Colombiano y de la Contraloría General de la Republica, y el acta de entrega servirá de base para el descargue del correspondiente Almacén.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 363 de 1957