El Gobierno podrá nombrar empleados supernumerarios en las Aduanas y Resguardos de la República con las mismas asignaciones de los empleados de número y por tiempo limitado, teniendo en cuenta el aumento o disminución del movimiento de importaciones y exportaciones de cada Aduana.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.