Micelio

Artículo 33

Para Todos Los Efectos Legales, Las Personas Naturales Que Presten Sus Servicios En Las Dependencias De La Industria Militar Son Trabajadores Oficiales

Decreto 1684 de 1985 · Por el cual se aprueban los estatutos de la industria militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para todos los efectos legales, las personas naturales que presten sus servicios en las dependencias de la Industria Militar son trabajadores oficiales. No obstante lo anterior tienen la calidad de empleados públicos las personas que desempeñen los siguientes cargos: -- Gerente General. -- Subgerentes, y -- Directores de Fábrica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1684 de 1985