La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones: 1 Dictar su propio reglamento; 2 Elegir al Director del Instituto Nacional de Nutrición y fijarle la asignación correspondiente; 3 Estudiar y aprobar, a propuesta del Director, los proyectos de estructura orgánica y de estatutos del Instituto así como sus futuras modificaciones, y presentarlos al Gobierno Nacional para su aprobación por intermedio del Ministro de Salud Pública; 4 Estudiar y aprobar el reglamento interno de funcionamiento del Instituto Nacional de Nutrición a propuesta de su Director; 5 Estudiar y aprobar la creación o supresión de cargos, la fijación y modificaciones de sus funciones y las asignaciones correspondientes; 6 Nombrar los funcionarios cuya designación se haya determinado en los estatutos, y aprobar los nombramientos hechos por el Director y que necesiten de esta aproción; 7 Estudiar y aprobar los planes de trabajo que sean presentados a su consideración por el Director del Instituto; 8 Estudiar y aprobar, a propuesta del Director, el presupuesto anual del Instituto y las modificaciones a que hubiere lugar; 9 Fijar la cuantía hasta la cual puede el Director comprometer al Instituto sin autorización previa de la Junta Directiva; 10 Recomendar al Gobierno Nacional los contratos y convenios que en asuntos relacionados con los fines del Instituto Nacional de Nutrición, deban celebrarse con organismos nacionales, bilaterales e internacionales; 11 Estudiar y aprobar la creación y supresión de Seccionales del Instituto Nacional de Nutrición, sus normas de funcionamiento y la ampliación de servicios en las ya existentes, a solicitud del Director del Instituto: 12 Estudiar, dentro del mes siguiente al de su presentación, el Informe Anual de labores rendido por el Director del Instituto;
Artículo 14
La Junta Directiva Tendrá Las Siguientes Funciones: 1 Dictar Su Propio Reglamento; 2 Elegir Al Director Del Instituto Nacional De Nutrición Y Fijarle La Asignación Correspondiente; 3 Estudiar Y Aprobar, A Propuesta Del Director, Los Proyectos De Estructura Orgánica Y De Estatutos Del Instituto Así Como Sus Futuras Modificaciones, Y Presentarlos Al Gobierno Nacional Para Su Aprobación Por Intermedio Del Ministro De Salud Pública; 4 Estudiar Y Aprobar El Reglamento Interno De Funcionamiento Del Instituto Nacional De Nutrición A Propuesta De Su Director; 5 Estudiar Y Aprobar La Creación O Supresión De Cargos, La Fijación Y Modificaciones De Sus Funciones Y Las Asignaciones Correspondientes; 6 Nombrar Los Funcionarios Cuya Designación Se Haya Determinado En Los Estatutos, Y Aprobar Los Nombramientos Hechos Por El Director Y Que Necesiten De Esta Aproción; 7 Estudiar Y Aprobar Los Planes De Trabajo Que Sean Presentados A Su Consideración Por El Director Del Instituto; 8 Estudiar Y Aprobar, A Propuesta Del Director, El Presupuesto Anual Del Instituto Y Las Modificaciones A Que Hubiere Lugar; 9 Fijar La Cuantía Hasta La Cual Puede El Director Comprometer Al Instituto Sin Autorización Previa De La Junta Directiva; 10 Recomendar Al Gobierno Nacional Los Contratos Y Convenios Que En Asuntos Relacionados Con Los Fines Del Instituto Nacional De Nutrición, Deban Celebrarse Con Organismos Nacionales, Bilaterales E Internacionales; 11 Estudiar Y Aprobar La Creación Y Supresión De Seccionales Del Instituto Nacional De Nutrición, Sus Normas De Funcionamiento Y La Ampliación De Servicios En Las Ya Existentes, A Solicitud Del Director Del Instituto: 12 Estudiar, Dentro Del Mes Siguiente Al De Su Presentación, El Informe Anual De Labores Rendido Por El Director Del Instituto;
Decreto 2122 de 1964 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Nutrición
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.