Micelio

Artículo 5

El Instituto De Seguros Sociales, El Servicio Nacional De Aprendizaje, El Instituto Colombiano De Bienestar Familiar, Las Cajas De Compensación Familiar Y La Caja De Crédito Agrario, En Su Caso, Podrán Acudir Ante Los Inspectores De Trabajo Con El Fin De Hacer Cumplir Las Obligaciones De Los Empleadores En Cuanto A La Afiliación De Los Trabajadores A Las Respectivas Entidades Lo Mismo Que Para Verificar Las Bases De Liquidación Y El Pago Oportuno De Los Aportes Respectivos, Sin Perjuicio De Las Acciones Civiles Y Administrativas A Que Haya Lugar

Decreto 562 de 1990 · por el cual se establecen mecanismos para asegurar el pago de los aportes para la Seguridad Social.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Instituto de Seguros Sociales, el Servicio Nacional de Aprendizaje, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, las Cajas de Compensación Familiar y la Caja de Crédito Agrario, en su caso, podrán acudir ante los Inspectores de Trabajo con el fin de hacer cumplir las obligaciones de los empleadores en cuanto a la afiliación de los trabajadores a las respectivas entidades lo mismo que para verificar las bases de liquidación y el pago oportuno de los aportes respectivos, sin perjuicio de las acciones civiles y administrativas a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 562 de 1990