Micelio

Artículo 1

° Las Empresas Del Sector Eléctrico Quedarán Representadas En El Comité De Uso Racional De Energía De La Siguiente Forma : - Un Miembro Será Designado Por El Representante Legal De Cada Una De Las Empresas Que Adelante Se Indican, Por Períodos De Un Año Y De Acuerdo Con El Siguiente Orden : * Empresas Públicas De Medellín, Epm

Decreto 1031 de 1993 · "por el cual se reglamenta el procedimiento para nombrar a los miembros del Comité de Uso Racional de Energía".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las empresas del Sector Eléctrico quedarán representadas en el Comité de Uso Racional de Energía de la siguiente forma : - Un miembro será designado por el representante legal de cada una de las empresas que adelante se indican, por períodos de un año y de acuerdo con el siguiente orden : * Empresas Públicas de Medellín, EPM. * Empresa de Energía de Bogotá, EEB. * Empresas Municipales de Cali, Emcali. * Interconexión Eléctrica S.A., ISA. * Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC. * Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, Corelca. * Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, Icel. * Central Hidroeléctrica de Caldas, S. A., CHEC. - Un miembro será designado por el representante legal de cada una de las empresas electrificadoras diferentes de las entidades mencionadas en el

Parágrafo

anterior por períodos de un (1) año y en estricto orden alfabético.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1031 de 1993