Micelio

Artículo 1

Decreto 1233 de 1982 · Por el cual se dicta una medida en relación con Juntas Administradoras de los Fondos Educativos Regionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El Director del Centro Experimental Piloto de cada entidad territorial deberá asistir a todas las reuniones de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional. Tendrá voz pero no voto en las deliberaciones respectivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1233 de 1982