Los Ministerios, Departamentos Administrativos, Establecimientos Públicos Nacionales, Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales Y Los Fondos Sin Personería Jurídica, Elaborarán Anualmente El Programa General De Compras De Los Bienes Muebles Que Requieran Para Su Funcionamiento Y Organización, De Conformidad Con El Decreto 767 De 1988
Decreto 2588 de 1988 · Sobre liquidación del presupuesto de rentas y recursos de capital, y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1989
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los ministerios, departamentos administrativos, establecimientos públicos nacionales, superintendencias, unidades administrativas especiales y los fondos sin personería jurídica, elaborarán anualmente el programa general de compras de los bienes muebles que requieran para su funcionamiento y organización, de conformidad con el Decreto 767 de 1988. Estos organismos se sujetarán a los requisitos y prohibiciones establecidos en el decreto anterior para la elaboración y ejecución del plan general de compras.
Parágrafo
El incumplimiento de lo ordenado en el presente artículo será motivo para, que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto- se abstenga de acordar las apropiaciones asignadas en el Presupuesto Nacional relacionadas con el plan general de compras, sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.