Micelio

Artículo 30

De La Prohibición De Cajas De Almacenamiento En Áreas Públicas

Decreto 2104 de 1983 · Por el cual se modifica parcialmente el artículo 2º del Decreto número 1294 de 23 de abril de 1986

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la prohibición de cajas de almacenamiento en áreas públicas. Se prohibe la localización de cajas de almacenamiento de basuras en áreas públicas, a partir de la vigencia de este Decreto. Sin embargo, la entidad de aseo podrá permitir su localización en tales áreas, cuando las necesidades del servicio lo hagan conveniente, o cuando un evento o situación específica lo exija.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2104 de 1983