°. Las exportaciones de los productos correspondientes a las posiciones arancelarias descritas en el artículo anterior que tengan como destino final los países contemplados en el artículo 1° del Decreto 985 de abril 23 de 1984, no darán lugar a la expedición y entrega de los Certificados de Reembolso Tributario.
Decreto 790 de 1985 →Vigente
Artículo 2
Las Exportaciones De Los Productos Correspondientes A Las Posiciones Arancelarias Descritas En El Artículo Anterior Que Tengan Como Destino Final Los Países Contemplados En El Artículo 1° Del Decreto 985 De Abril 23 De 1984, No Darán Lugar A La Expedición Y Entrega De Los Certificados De Reembolso Tributario
Decreto 790 de 1985 · Por el cual se modifican algunos niveles porcentuales del CERT
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.