Direcciones Regionales Aeronáuticas . Son funciones de las Direcciones Regionales Aeronáuticas, las siguientes
Ejecutar en el ámbito de su jurisdicción los planes, programas, proyectos y procesos de la entidad, de forma articulada con la subdirección y las dependencias del nivel central.
Garantizar el cumplimiento de las normas establecidas en los aeropuertos e infraestructura aeronáutica y servicios de navegación aérea de su jurisdicción.
Ejecutar las acciones para satisfacer los requerimientos de los sistemas de gestión de seguridad operacional y de la aviación civil, bajo las directrices de los competentes.
Ejecutar las acciones necesarias para satisfacer los requerimientos de los programas de mantenimiento de los activos e. in'fraestructura asociada a los servicios a su cargo, en coordinación con el nivel central, y de acuerdo con los procedimientos vigentes.
Gestionar los procesos para asegurar la prestación de los servicios en su jurisdicción.
Definir, estudiar, analizar y proponer la mejora continua sobre los servicios que se adelantan en su jurisdicción, de acuerdo con las normas vigentes.
Dirigir, ejecutar y controlar las actividades administrativas, jurídicas, 'financieras, de gestión humana y de sistemas requeridas para las operaciones a cargo de la Dirección Regional, de acuerdo con las políticas y lineamientos impartidos por la sede central y las disposiciones legales vigentes.
Presentar reportes de información y mantener los registros actualizados en las bases de datos y sistemas de información de la entidad sobre los resultados obtenidos, para la adecuada toma de decisiones, seguimiento y control.
Atender las peticiones y requerimientos relacionados con los asuntos de su competencia.
Apoyar en la implementación, mantenimiento y mejora continua del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
Mantener la información y documentación actualizada en el Sistema de Gestión y sistemas informáticos de su competencia, observando criterios de oportunidad, veracidad y confiabilidad de la información.
Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Existirán seis (6) direcciones regionales aeronáuticas las cuales tendrán sede en las siguientes ciudades: (i) Centro Sur, sede en Bogotá, D.C.; (ii) Noroccidente, sede Rionegro; (iii) Norte, sede Barranquilla; (iv) Occidente, sede Cali; (v) Nororiente, sede Cúcuta y (vi) Oriente, sede Villavicencio.
Según las necesidades del servicio y de acuerdo con la viabilidad presupuestal, el Director General podrá distribuir gerencias aeroportuarias asignadas a las direcciones regionales aeronáuticas, para la administración de los servicios, los recursos humanos, técnicos, tecnológicos y demás componentes que integran un aeródromo.