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Artículo 18

Direcciones Regionales Aeronáuticas

Decreto 1294 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Direcciones Regionales Aeronáuticas . Son funciones de las Direcciones Regionales Aeronáuticas, las siguientes

1.

Ejecutar en el ámbito de su jurisdicción los planes, programas, proyectos y procesos de la entidad, de forma articulada con la subdirección y las dependencias del nivel central.

2.

Garantizar el cumplimiento de las normas establecidas en los aeropuertos e infraestructura aeronáutica y servicios de navegación aérea de su jurisdicción.

3.

Ejecutar las acciones para satisfacer los requerimientos de los sistemas de gestión de seguridad operacional y de la aviación civil, bajo las directrices de los competentes.

4.

Ejecutar las acciones necesarias para satisfacer los requerimientos de los programas de mantenimiento de los activos e. in'fraestructura asociada a los servicios a su cargo, en coordinación con el nivel central, y de acuerdo con los procedimientos vigentes.

5.

Gestionar los procesos para asegurar la prestación de los servicios en su jurisdicción.

6.

Definir, estudiar, analizar y proponer la mejora continua sobre los servicios que se adelantan en su jurisdicción, de acuerdo con las normas vigentes.

7.

Dirigir, ejecutar y controlar las actividades administrativas, jurídicas, 'financieras, de gestión humana y de sistemas requeridas para las operaciones a cargo de la Dirección Regional, de acuerdo con las políticas y lineamientos impartidos por la sede central y las disposiciones legales vigentes.

8.

Presentar reportes de información y mantener los registros actualizados en las bases de datos y sistemas de información de la entidad sobre los resultados obtenidos, para la adecuada toma de decisiones, seguimiento y control.

9.

Atender las peticiones y requerimientos relacionados con los asuntos de su competencia.

10.

Apoyar en la implementación, mantenimiento y mejora continua del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

11.

Mantener la información y documentación actualizada en el Sistema de Gestión y sistemas informáticos de su competencia, observando criterios de oportunidad, veracidad y confiabilidad de la información.

12.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

Parágrafo 1

Existirán seis (6) direcciones regionales aeronáuticas las cuales tendrán sede en las siguientes ciudades: (i) Centro Sur, sede en Bogotá, D.C.; (ii) Noroccidente, sede Rionegro; (iii) Norte, sede Barranquilla; (iv) Occidente, sede Cali; (v) Nororiente, sede Cúcuta y (vi) Oriente, sede Villavicencio.

Parágrafo 2

Según las necesidades del servicio y de acuerdo con la viabilidad presupuestal, el Director General podrá distribuir gerencias aeroportuarias asignadas a las direcciones regionales aeronáuticas, para la administración de los servicios, los recursos humanos, técnicos, tecnológicos y demás componentes que integran un aeródromo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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