Micelio

Artículo 29

Decreto 627 de 1887 · Por el cual se reorganiza la renta de licores destilados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 29 El día último de cada mes entregarán los Recaudadores al respectivo Tesorero municipal la parte que corresponde al Distrito en lo recaudado durante el mes. Si el impuesto estuviere rematado, el rematador entregará á los dichos Tesoreros la tercera parte de la cuota que deben pagar al Departamento, conforme al contrato y en los mismos plazos estipulados para éste. CAPITULO III. Remates.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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