Autorícese al Gobierno Nacional, de conformidad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política, y las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001 y 1176 de 2007, se asigne dentro del Presupuesto General de la Nación, y/o impulse a través del Sistema Nacional de Cofinanciación las partidas presupuestales necesarias que permitan la financiación y ejecución de las obras de infraestructura de utilidad pública y de interés social que requiere el municipio de Pradera. Las obras y actividades que se autorizan en la presente ley son:
Pavimentación vías urbanas y ampliación calle 7 del municipio.
Construcción bloque de aulas y bloque de laboratorios de química y física de Institución Educativa Francisco Antonio Zea.
Remodelación y adecuación centro de acopio y galería municipal.
Construcción Parque Recreativo El Arado.
Remodelación del Estadio Municipal Salustio Reyes Caicedo.
Construcción de la sede Jardín Social del municipio de Pradera.