Estructura y Organización Básica. La estructura y organización básica estará conformada:
Mesa Directiva
Presidencia
Primera Vicepresidencia
Segunda Vicepresidencia
Oficina de Protocolo
Oficina de Información y Prensa
Oficina de Planeación y Sistemas
Secretaría General
Subsecretaría General
2.1.1 Sección Relatoría
2.1.2 Sección Grabación
Comisiones Constitucionales y Legales Permanentes
Comisión Primera
Comisión Segunda
Comisión Tercera
Comisión Cuarta
Comisión Quinta
Comisión Sexta
Comisión Séptima
Comisión de Investigación y Acusación
Comisión Legal de Cuentas
3.9.1 Unidad de Auditoría Interna
Comisión de Etica y Estatuto del Congresista
Comisión de los Derechos Humanos y Audiencias
Comisiones Especiales
Dirección Administrativa
División de Personal
4.1.1 Sección Registro y Control
4.1.2 Sección Bienestar Social y Urgencias Médicas
División Jurídica
División Financiera y Presupuesto
4.3.1 Sección de Pagaduría
4.3.2 Sección de Contabilidad"
División de Servicios
4.4.1 Sección de Suministros
El Director Administrativo de la Corporación, será elegido por la Plenaria de la Cámara de Representantes para un período de dos (2) años previa inscripción de los candidatos ante la comisión de acreditación documental que verificara el cumplimiento de los requisitos exigidos para el cargo. Dicho período se empezará a contar a partir del 20 de julio, fecha de instalación del cuatrienio legislativo. Podrá ser removido previa evaluación del desempeño por la Plenaria de la Cámara de Representantes en cualquier tiempo, evaluación que se hará a solicitud de la Mesa Directiva o por proposición aprobada por la plenaria de la respectiva Cámara. A efectos de una evaluación negativa del Director Administrativo se procederá a la aprobación de su remoción, por medio de votación nominal.
Aprobada la remoción, cesará inmediatamente las funciones del Director Administrativo, por consiguiente la Mesa Directiva deberá convocar nuevas elecciones, para culminar el período institucional, dentro de los trenita (30) días siguientes o en la semana posterior de iniciadas las sesiones ordinarias.
El Director Administrativo deberá acreditar título profesional y cinco (5) años de experiencia administrativa de nivel directivo e idoneidad en el manejo de las áreas administrativas, financiera y de sistemas y tendrá el mismo grado rango y categoría del Director Administrativo del Senado de la República.
El orden administrativo, la competencia para dirigir licitaciones y celebrar contratos, ordenar el gasto y ejercer la representación legal de la Cámara de Representantes en materia administrativa y contratación estatal, corresponden al Director Administrativo. Sobre el desarrollo de sus funciones deberá rendir informes a la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes, semestralmente o cuando ella los requiera.
En caso de vacancia temporal o de remoción del cargo del Director Administrativo, la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes designará a un funcionario de la planta de personal, para que provisionalmente desempeñe las funciones inherentes al cargo, hasta que se realice nueva elección de Director Administrativo.