° El Ministerio de Hacienda constituirá por escritura pública la garantía del empréstito de que trata el artículo anterior, en la forma legal que asegure los derechos de los prestamistas
Decreto 475 de 1918 →Vigente
Artículo 2
El Ministerio De Hacienda Constituirá Por Escritura Pública La Garantía Del Empréstito De Que Trata El Artículo Anterior, En La Forma Legal Que Asegure Los Derechos De Los Prestamistas
Decreto 475 de 1918 · Por el cual se autoriza la consecución de un empréstito por la cantidad de $ 3.000.000
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.