La División de Registro y Control tendrá las siguientes funciones:
Dirigir y controlar el proceso de recepción, registro, radicación y reparto de las quejas disciplinarias;
Vigilar el efectivo cumplimiento de las sanciones disciplinarias cuya imposición solicite la Procuraduría General;
Expedir los certificados de antecedentes disciplinarios;
Registrar y procesar la información sobre el trámite de los procesos disciplinarios;
Distribuir a las dependencias competentes los procesos disciplinarios que se reciban para trámite de segunda instancia y consulta;
Enviar a la Oficina de Veeduría la información actualizada sobre el estado de las actuaciones propias de la Procuraduría General cuando ésta lo solicite;
Vigilar que las diversas entidades del Estado remitan oportunamente a la División de Registro y Control la información sobre los procesos disciplinarios que inicien y las sanciones que impongan;
Informar a la Oficina de Veeduría sobre las sanciones disciplinarias próximas a prescribir o de los procesos disciplinarios inactivos, con el fin de que se promueva ante las autoridades competentes el impulso de la actuación o la ejecución de la sanción, según el caso;
Las demás que le asigne el Procurador General de la Nación.