Micelio

Artículo 1

Decreto 1411 de 1948 · Por el cual se crea un Comité de Crédito Público y Asuntos Económicos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Créase un Comité que se denominará "Comité de Crédito Público y Asuntos Económicos", y el cual tendrá las siguientes funciones

a)

Asesorar al Gobierno en todas las medidas y gestiones relacionadas con las operaciones de crédito tanto interno como externo, que se verifiquen en desarrollo del Decreto 1273, de 18 de abril de 1948, y demás disposiciones de carácter extraordinario sobre la materia, que se hayan dictado o se dicten durante la presente emergencia, y

b)

Asesorar al Gobierno en todas las medidas de carácter Económico que haya de adoptar, encaminadas a conjurar las dificultades que en estas materias se han presentado al país con motivo de los recientes sucesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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