o El presente decreto rige desde su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1º de junio de 1992 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 873 de 1992 →Vigente
Artículo 6
O El Presente Decreto Rige Desde Su Publicación, Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Junio De 1992 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 873 de 1992 · por el cual se regula la Prima Especial de Servicios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.