Artículo único. Autorízase al Alcalde de Bogotá para auxiliar al orfelinato 'Niño Jesús de Praga', que dirigen y sostienen en esta ciudad las Hermanas de La Presentación, con la suma de ochenta y tres mil trescientos veintitrés pesos con catorce centavos ($ 83.323.14) moneda corriente, equivalente al monto del impuesto de valorización con que fue gravado el predio y las edificaciones en donde funciona dicho establecimiento, ubicado dentro del área urbana de la ciudad de Bogotá, en la manzana 18-A-1/10 y marcado en sus puertas de entrada con los números 18-56 a 60 de la carrera y 1-06 a 42 de la calle 18. Comuníquese y publíquese.
Decreto 962 de 1951 →Vigente
Artículo 1
Decreto 962 de 1951 · Por el cual se concede una autorización al Alcalde de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.