Micelio

Artículo 1

Decreto 1482 de 1950 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos de personal, alimentación y gastos varios de Escuelas Artesanales y Cursos para Obreros

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los fondos señalados en el Capítulo 88, artículo 1088 del Presupuesto Nacional vigente, destínase la suma de $ 50.000 moneda corriente, para sueldos de personal, alimentación de los alumnos y empleados internos, gastos varios y dotación de Escuelas Artesanales y Cursos para Obreros en el año de 1950.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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