Ley 72 de 1896 · por la cual se auxilian algunas vías de comunicación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Corresponde á los Gobernadores departamentales dictar todas las disposiciones del caso para la realización de la obra mencionada, por administración ó por contrato, sin poder dar á los fondos destinados á ella otra inversión.
Si la obra se realizare por contrato, éstos se someterán á la aprobación del Gobierno. En todo caso el Gobierno ejercerá la debida inspección sobre los trabajos que se efectúen en ejecución de la presente Ley.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.