°. Definiciones . Para efectos del presente decreto se establecen las siguientes definiciones
Grupo de Empresas: Es el conjunto integrado de personas naturales, personas jurídicas, patrimonios autónomos, o entes de cualquiera otra naturaleza que intervienen en actividades de carácter económico, vinculados o relacionados entre sí por su carácter de matrices, controlantes o subordinadas, o porque la mayor parte de sus capitales pertenece o está bajo la administración de las mismas personas jurídicas o naturales, ya sea porque obran directamente o por conducto de otras personas, o de patrimonios autónomos. Así mismo, se entiende que forman parte de un Grupo de Empresas aquellos vinculados entre sí porque son garantes unos de otros y las empresas que se encuentren en los supuestos establecidos en el artículo 32 de la Ley 1116 de 2006.
Deudor(es) vinculado(s) o partícipe(s) del Grupo de Empresas: Toda persona o ente, cualquiera sea su naturaleza o forma jurídica, que ejerce o desarrolla una actividad económica y se encuentra vinculada a un Grupo de Empresas por cualquiera de los supuestos descritos en el numeral 1 de este artículo.
Coordinación: Es la administración coordinada de dos o más procesos de insolvencia abiertos respecto de diversos deudores o empresas de un mismo grupo. Cada deudor conservará su personificación jurídica y su autonomía administrativa y patrimonial.
Consolidación patrimonial: Tratamiento excepcional en virtud del cual el pasivo y el activo de dos o más deudores vinculados entre sí o partícipes en un mismo Grupo de Empresas se entienden y tratan como parte de una única masa de la insolvencia.
Afinidad operativa: Empresas del mismo grupo que funcionan al mismo nivel en un determinado proceso productivo.
Acto o negocio sin legitimidad comercial: Acto, negocio o contrato entre varios partícipes del Grupo de Empresas que carece de razonabilidad jurídica o patrimonial, celebrado dentro de los veinticuatro (24) meses anteriores a la apertura del proceso de insolvencia.
Financiación: Aporte de nuevos recursos, entrega de dinero, constitución de garantías, obtención de un crédito para trasladarlo a otros partícipes del Grupo de Empresas, venta o suministro de materias primas o mercaderías con plazo para pago del precio, por parte de cualquier empresa solvente o insolvente del mismo Grupo de Empresas.