Micelio

Artículo 6

Para La Implantación Del Subsistema Nacional De Suministros, El Nivel Local Regionalizado Cumplirá Las Siguientes Funciones: A) Adaptar A Su Nivel Y Aplicar Las Políticas, Sistemas, Normas Y Procedimientos Dictadas Por El Ministerio De Salud Pública Y Por El Respectivo Servicio Seccional De Salud

Decreto 704 de 1974 · Por el cual se establece el Subsistema Nacional de Suministros del Sistema Nacional de Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para la implantación del Subsistema Nacional de Suministros, el nivel local regionalizado cumplirá las siguientes funciones

a)

Adaptar a su nivel y aplicar las políticas, sistemas, normas y procedimientos dictadas por el Ministerio de Salud Pública y por el respectivo Servicio Seccional de Salud.

b)

Elaborar y consolidar el programa de suministro de todas las Instituciones de su región, y

c)

Las demás que le sean delegadas o asignadas por el respectivo Servicio Seccional

Parágrafo

El Nivel Local Regionalizado al efectuar compras parciales o globales en desarrollo del programa de adquisiciones de suministros, procurará realizarlas directamente a los productores que sean nacionales o extranjeros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 704 de 1974