Micelio

Artículo 1

Abrese Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1927, Un Crédito Extraordinario Por La Suma De Veinte Mil Pesos ($ 20,000), Que Llevará La Siguiente Imputación: Ministerio De Instruccion Y Salubridad Publicas Capitulo 53 Establecimientos Varios

Decreto 740 de 1927 · Por el cual se abre un crédito extraordinario al presupuesto de gastos de la vigencia fiscal en curso con destino al Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Abrese al Presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1927, un crédito extraordinario por la suma de veinte mil pesos ($ 20,000), que llevará la siguiente imputación: MINISTERIO DE INSTRUCCION Y SALUBRIDAD PUBLICAS CAPITULO 53 Establecimientos varios. Articulo 530 A. Para pagar al Círculo de Obreros de Bogotá, barrio de San Francisco Javier, el auxilio de que trata el artículo 1° de la Ley 18 de 1926, con destino a la construcción de edificios para escuelas de niños obreros de ambos sexos, construcción de un hospital, edificación de casas y dotación de acueducto, en el presente año $ 20,000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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