Micelio

Artículo 5

Subcuentas De La Línea De Financiación Por Demanda De Proyectos De Inversión Ambiental

Decreto 4317 de 2004 · por el cual se reglamenta el Fondo Nacional Ambiental, Fonam.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Subcuentas de la línea de financiación por demanda de proyectos de inversión ambiental . Las subcuentas de esta línea están destinadas a la financiación o cofinanciación de proyectos con recursos ordinarios de inversión o de empréstitos externos. Su finalidad es apoyar la formulación e implementación de la política ambiental del país. Estas subcuentas son

1.

Subcuenta de inversiones ambientales. Es una subcuenta destinada a la financiación o cofinanciación de proyectos con recursos provenientes de crédito externo, como apoyo a la formulación e implementación de las políticas ambientales del país, conforme a las condiciones de negociación pactadas.

2.

Subcuenta de apoyo a la gestión ambiental del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Esta subcuenta contará con los recursos provenientes de las multas que imponga el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y se destinará al financiamiento de proyectos, planes, programas y actividades en materia de recursos naturales renovables y del medio ambiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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