Micelio

Artículo 11

A Partir De La Fecha De Publicación De La Presente Disposición Todas Las Materias Primas, Insumos, Productos Para Consumo O Uso En Humanos De Origen Bovino, Ovino, Caprino O Humano Importados De Países No Reportados Por La Organización Mundial De Sanidad Animal-Oie, En Cuya Composición Se Encuentren Materiales Específicos De Riesgos, Mer, Amparados O No Con Registro Sanitario, Requieren Para Cada Importación, El Visto Bueno Sanitario Previo, Expedido Por El Instituto Nacional De Vigilancia De Medicamentos Y Alimentos, Invima, O Quien Haga Sus Veces De Acuerdo Con La Legislación Vigente Y Previa Presentación De La Certificación De Que Los Productos Objeto Del Presente Decreto Provienen De Fuentes Libres De Encefalopatías Subagudas Espongiformes Transmisibles (Eset)

Decreto 2350 de 2004 · por el cual se establecen medidas de salud pública para la prevención y vigilancia, de las enfermedades causadas por priones, prioritariamente de la variante de la enfermedad de Creutzfeldt-Jakob (vCJ)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la fecha de publicación de la presente disposición todas las materias primas, insumos, productos para consumo o uso en humanos de origen bovino, ovino, caprino o humano importados de países no reportados por la Organización Mundial de Sanidad Animal-OIE, en cuya composición se encuentren Materiales Específicos de Riesgos, MER, amparados o no con registro sanitario, requieren para cada importación, el visto bueno sanitario previo, expedido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, o quien haga sus veces de acuerdo con la legislación vigente y previa presentación de la certificación de que los productos objeto del presente decreto provienen de fuentes libres de Encefalopatías Subagudas Espongiformes Transmisibles (ESET).

Parágrafo

A partir de la vigencia del presente decreto, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, no podrá otorgar registro sanitario a productos que en su composición se encuentren Materiales Específicos de Riesgos, MER, procedentes de países en donde se haya registrado casos autóctonos de encefalopatías.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2350 de 2004