Micelio

Artículo 1

Utilización De Los Medios De Comunicación Del Estado

Decreto 926 de 1990 · por el cual se expide un estatuto de Garantías Electorales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Utilización de los medios de comunicación del Estado . Mientras subsista turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional, a partir de la vigencia del presente Decreto y hasta el 25 de mayo de 1990, los medios de comunicación social del Estado destinarán espacios para que los candidatos a la Presidencia de la República, expongan sus tesis y programas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 926 de 1990