Función de la Junta para la Protección de los Recursos Naturales y Ambientales del Departamento. Corresponde al Gobernador, a través de la Oficina para la Protección de los Recursos Naturales y Ambientales del Departamento, el fomento y la ejecución de las medidas necesarias para la conservación directa de todos los recursos naturales y ambientales del departamento.
La Junta para la Protección de los Recursos Naturales y Ambientales de que trata este artículo tendrá, además, la función de otorgar, si lo estima conveniente, permisos, concesiones y licencias para la construcción de todo tipo de muelles.
En ningún caso se podrán conceder tales permisos, concesiones y licencias cuando se trate de la realización de construcciones cubiertas sobre el mar.