°. Los empleados públicos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los actuales empleos, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Decreto 1428 de 1998 →Vigente
Artículo 2
Los Empleados Públicos Del Instituto Colombiano De Bienestar Familiar, Continuarán Percibiendo La Remuneración Mensual Correspondiente A Los Actuales Empleos, Hasta Tanto Se Produzca La Incorporación A La Nueva Planta De Personal Y Tomen Posesión Del Cargo
Decreto 1428 de 1998 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 016 del 24 de julio de 1998, por el cual se establece la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.