º Los trabajadores permanentes vinculados mediante relación legal y reglamentaria o por contrato de trabajo, al servicio de los Ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos, unidades administrativas especiales, empresas industriales o comerciales de tipo oficial y sociedades de economía mixta tanto en el orden nacional como en las entidades territoriales; tendrán derecho a que la respectiva entidad les suministre en forma gratuita, cada cuatro meses, un par de zapatos y un vestido de trabajo.
Artículo 1
º Los Trabajadores Permanentes Vinculados Mediante Relación Legal Y Reglamentaria O Por Contrato De Trabajo, Al Servicio De Los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, Empresas Industriales O Comerciales De Tipo Oficial Y Sociedades De Economía Mixta Tanto En El Orden Nacional Como En Las Entidades Territoriales; Tendrán Derecho A Que La Respectiva Entidad Les Suministre En Forma Gratuita, Cada Cuatro Meses, Un Par De Zapatos Y Un Vestido De Trabajo
Decreto 1978 de 1989 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 70 de 1988.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.