Micelio

Artículo 1

º Los Trabajadores Permanentes Vinculados Mediante Relación Legal Y Reglamentaria O Por Contrato De Trabajo, Al Servicio De Los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, Empresas Industriales O Comerciales De Tipo Oficial Y Sociedades De Economía Mixta Tanto En El Orden Nacional Como En Las Entidades Territoriales; Tendrán Derecho A Que La Respectiva Entidad Les Suministre En Forma Gratuita, Cada Cuatro Meses, Un Par De Zapatos Y Un Vestido De Trabajo

Decreto 1978 de 1989 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 70 de 1988.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los trabajadores permanentes vinculados mediante relación legal y reglamentaria o por contrato de trabajo, al servicio de los Ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos, unidades administrativas especiales, empresas industriales o comerciales de tipo oficial y sociedades de economía mixta tanto en el orden nacional como en las entidades territoriales; tendrán derecho a que la respectiva entidad les suministre en forma gratuita, cada cuatro meses, un par de zapatos y un vestido de trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1978 de 1989