Micelio

Artículo 2.2.6.2.5

Proceso De Viabilidad Y Registro De Los Proyectos De Inversión Pública

Decreto 1082 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Proceso de viabilidad y registro de los proyectos de inversión pública. La viabilidad de un proyecto de inversión es un proceso que permite, a través del análisis de la información técnica, social, económica y financiera, ambiental, y jurídica, y bajo estándares metodológicos de preparación y presentación, determinar si un proyecto cumple las condiciones y criterios que lo hacen susceptible de financiación. El proceso de viabilidad constituye la evaluación previa del proyecto de inversión, el cual debe contar como mínimo con la revisión del cumplimiento de los requisitos generales y sectoriales a los que se debe ajustar el proyecto, y con un concepto de viabilidad. Se entiende como registro del proyecto de inversión pública en la PIIP la sistematización de la decisión favorable sobre la viabilidad favorable en el Banco Único de Proyectos de Inversión Pública. La viabilidad de los proyectos de inversión pública y su registro se adelantará conforme a las normas especiales que reglamenten la respectiva fuente de financiación, y de acuerdo con los lineamientos definidos por el DNP.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1082 de 2015