°. Medicamentos no incluidos en Normas Farmacológicas Colombianas. Los medicamentos declarados vitales no disponibles para la prevención, mitigación y tratamiento del COVID-19, no deberán necesariamente estar incluidos en Normas Farmacológicas Colombianas, ni contar con el Identificador Único de Medicamento (IUM). Para el efecto, el INVIMA realizará de manera prioritaria la evaluación de la evidencia científica disponible (consensos de expertos, estudios clínicos, guías de práctica clínica elaboradas por grupos de expertos reconocidos) para determinar cuáles medicamentos serán considerados como vitales no disponibles y la aprobación de sus indicaciones.
Decreto 1148 de 2020 →Vigente
Artículo 7
Medicamentos No Incluidos En Normas Farmacológicas Colombianas
Decreto 1148 de 2020 · por el cual se establecen los requisitos sanitarios que faciliten la fabricación e importación de productos y servicios para atender la pandemia por el COVID-19 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.