Micelio

Artículo 21

Decreto 2463 de 2001 · por el cual se reglamenta la integración, financiación y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Trabajadores de las Juntas de Calificación de Invalidez . Las personas que presten sus servicios en las Juntas de Calificación de Invalidez, si los hubiere, tienen la calidad de trabajadores particulares y como tales se rigen por las normas del Código Sustantivo del Trabajo. Corresponde a los miembros de la respectiva Junta el pago de los salarios y prestaciones sociales, quienes serán solidariamente responsables de su pago.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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