A los Rectores, Vicerrectores Académicos si los hubiere, Coordinadores Académicos o de Disciplina, Jefes de Bienestar Estudiantil y Jefes de Unidad de los INEM, en donde además de la educación básica secundaria completa tengan también media vocacional o diversificada completa, si atienden dos jornadas se les reconocerá adicionalmente el valor de diez (10) horas - cátedra semanales y máximo cuarenta (40) horas mensuales; si atienden tres (3)jornadas el valor de quince (15) horas cátedra semanales y máximo sesenta (60) horas mensuales. A los Rectores de los ITA que tengan alumnos cursando los cuatro semestres de educación intermedia profesional, se les reconocerá el valor de diez horas (10) cátedra semanales y máximo cuarenta (40) mensuales. A los Subdirectores Administrativos de los INEM que cumplan la función de Secretario General de la entidad y a los Directores de los CASD se les reconocerá el quince por ciento (15%) adicional a su asignación básica mensual liquidado sobre la asignación básica que tenían a 31 de diciembre de 1985, siempre y cuando atiendan más de una jornada escolar.
Estos pagos requieren autorización previa del Secretario de Educación, e implicará para los funcionarios respectivos una permanencia mínima de ocho (8) horas diarias en el plantel.