Micelio

Artículo 1

Los Gabinetes Y Oficinas De Identificación Transcribirán Textualmente En Los Informes De Antecedentes Que Rindan A Las Autoridades, Y En Las Certificaciones De Conducta Que Expidan, Todas Las Anotaciones Y Constancias De Carácter Judicial Y Policivo Que Le Aparezcan En Su Prontuario O Tarjeta Dactilar A La Persona A Que Se Refiere El Informe O Certificación

Decreto 1545 de 1940 · Por el cual se adiciona y reforma el Decreto número 805 de 1936

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los Gabinetes y Oficinas de Identificación transcribirán textualmente en los informes de antecedentes que rindan a las autoridades, y en las certificaciones de conducta que expidan, todas las anotaciones y constancias de carácter judicial y policivo que le aparezcan en su prontuario o tarjeta dactilar a la persona a que se refiere el informe o certificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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