º. Los Gabinetes y Oficinas de Identificación transcribirán textualmente en los informes de antecedentes que rindan a las autoridades, y en las certificaciones de conducta que expidan, todas las anotaciones y constancias de carácter judicial y policivo que le aparezcan en su prontuario o tarjeta dactilar a la persona a que se refiere el informe o certificación.
Decreto 1545 de 1940 →Vigente
Artículo 1
Los Gabinetes Y Oficinas De Identificación Transcribirán Textualmente En Los Informes De Antecedentes Que Rindan A Las Autoridades, Y En Las Certificaciones De Conducta Que Expidan, Todas Las Anotaciones Y Constancias De Carácter Judicial Y Policivo Que Le Aparezcan En Su Prontuario O Tarjeta Dactilar A La Persona A Que Se Refiere El Informe O Certificación
Decreto 1545 de 1940 · Por el cual se adiciona y reforma el Decreto número 805 de 1936
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.