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Artículo 8

A Organización No Establecerá Restricciones En Cuanto A La Elegibilidad De Hombres Y Mujeres Para Participar En Condiciones De Igualdad, Y En Cualquier Carácter En Las Funciones De Sus Órganos Principales Y Subsidiarios

Decreto 861 de 1946 · Por el cual se promulgan unos pactos internacionales

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 8. a Organización no establecerá restricciones en cuanto a la elegibilidad de hombres y mujeres para participar en condiciones de igualdad, y en cualquier carácter en las funciones de sus órganos principales y subsidiarios. CAPITULO IV La Asamblea General-Composición .

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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