Micelio

Artículo 13

De La Dirección General De Operaciones Aéreas

Decreto 2332 de 1977 · Por el cual se reorganiza el Departamento de Aeronáutica Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la Dirección General de Operaciones Aéreas. Son funcionas de la Dirección General de Operaciones Aéreas

1.

Dentro del ámbito de competencia señalado en la ley, dirigir, coordinar y controlar las operaciones aéreas;

2.

Velar por la seguridad aérea en los espacios sometidos a la soberanía nacional;

3.

Ejercer el control técnico sobre el personal, los materiales y equipos aeronáuticos;

4.

Operar las comunicaciones aeronáuticas y las de control de tránsito aéreo;

5.

Adelantar las investigaciones sobre accidentes aéreos y suministrar las informaciones correspondientes: 6 Propender por el cumplimiento de las normas y procedimientos sobre control técnico, seguridad y operaciones aéreas; 7. Estudiar y tramitar la expedición, renovación, suspensión o cancelación de matrículas de aeronaves y licencias al personal aeronáutico, y 8. Las demás que le sean encomendadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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