Micelio

Artículo 6

Por Ningún Motivo Se Podrán Utilizar En Lo Sucesivo Vehículos De Propiedad De La Nación Para Fines Personales, Distintos De Los Del Servicio Oficial

Decreto 628 de 1963 · Por el cual se reglamenta la distribución y utilización de los vehículos oficiales de propiedad de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Por ningún motivo se podrán utilizar en lo sucesivo vehículos de propiedad de la Nación para fines personales, distintos de los del servicio oficial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 628 de 1963