º Hácense las siguientes aclaraciones y correcciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1966: Presupuesto de funcionamiento Ministerio de Salud Pública Artículo 5557. Aportes para sostenimiento de Hospitales, Centros y Puestos de Salud, en el Departamento del Valle; Ordinal 10. Hospital Universitario del Valle, Cali, $ 660.000.00. Ordinal 11. Hospital San Juan de Dios, Cali $ 330.000.00. Ministerio de Educación Nacional Artículos del 7135 al 7149, ordinal 66. Se aclara que el colegio que se llama "San Isidoro" y no "San Isidro", como por error se dijo. Artículo 7419. Para auxiliar a los siguientes planteles: Ordinal 2. Colegio de San Sebastián de La Plata, $ 225.000.00. Se aclara que este auxilio es para invertir en la construcción del colegio y no para los gastos de funcionamiento del mismo. Artículo 7425. Para auxiliar a los siguientes planteles: Ordinal 60. Se aclara que el auxilio es para la Junta de Acción Comunal de "Semisa" y "Alto Semisa", y no "Ceniza " y "Alto Ceniza", como por error se dijo. Artículo 7426. Para auxilar a los siguientes planteles: Ordinal 55. Se aclara que el nombre del Colegio es "San Isidoro " y no "San Isidro", como por error se dijo. Articulo 7427. Para auxiliar a los siguientes planteles: Ordinal 142. Al Instituto de Nuestra Señora de Los Remedios, de Cali, $ 25.000.00. Ordinal 142-A. Al Colegio de Nuestra Señora de Los Remedios, de Cali, $ 10.000.00. Se aclara que por error se habían refundido en un solo plantel los auxilios para dos establecimientos diferentes. Presupuesto de inversión Artículo 11538. Proyecto 1. Se aclara que es "construcción Escuela Normal de Varones de Campoalegre" y no "Escuela Nacional", como por error se dijo. Articulo 11360. Proyecto 9. Se aclara, que el nombre es "Instituto Parra Ramírez, de Neiva" y no "Instituto Ramírez", como por error se dijo. Proyecto 13. Se aclara que el auxilio no solamente es para dotación, sino también para la compra del local o construcción del Colegio de Varones de Altamira (para entregar al Comité Cívico). Ministerio de Obras Públicas Artículo 11914. Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras. Proyecto 103. Se aclara que la Ley que autoriza este gasto es la Ley 12 de 1949 y no de 1943, como por error se dijo. Proyecto 122. A la leyenda "Oiba-Charalá" , debe agregarse: "construcción que se adelantará por conducto de la Junta de Acción Comunal de Oiba, suma que se entregará al Tesorero de dicha Junta" Artículo 12033. Departamento del Tolima: -Proyecto-2. Se aclara, que la leyenda es "A la Junta de Acción Comunal de San Cayetano, para arreglo de vías" y no "A la Junta de Acción Comunal del barrio San Cayetano, d e Ibagué, para arreglo de vias".
Decreto 1510 de 1966 →Vigente
Artículo 1
Hácense Las Siguientes Aclaraciones Y Correcciones En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1966: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Salud Pública Artículo 5557
Decreto 1510 de 1966 · Por el cual se hacen unas aclaraciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1966
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.