Micelio

Artículo 212

Ley 84 de 1931 · De Justicia Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el culpable de alguno o algunos de los delitos con- templados en este Título fuere reincidel1te, por la primera vez, no se tomarán en cuenta, en la sentencia que se pronuncie, las circunstancias atenuantes contempladas en los ordinales 4° y 6° del artículo precedente, que pudieren alegarse en su favor. Si fuere reincidente por dos o más veces, la pena que se le aplicará será, en todo caso, la mayor de las que se contemplen en la correspondiente disposición legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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