La cantidad expresada en el artículo anterior, se dedica a la ejecución de las obras de mejora y embellecimiento de la ciudad de Cartago que determine una Junta compuesta por el Alcalde, el Personero Municipal, el Presidente del Concejo, el Rector del Colegio Académico de Cartago, y dos vecinos honorables de la localidad elegidos por el Concejo, cuyo Secretario lo será también de la Junta.
Una de estas obras consistirá en un edificio destinado al funcionamiento de un Instituto de Artes y Oficios, con su dotación correspondiente, el cual llevará el nombre de Instituto Jorge Robledo , en honor del fundador de la ciudad.