Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto suprímense los siguientes cargos: a). Mecanotaquígrafo dependiente de la Dirección de la Zona de Carreteras Nacionales de Tunja, creado por Decreto número 1577 de 9 de mayo del presente año; b). Ayudante de Estadística dependiente de la Contabilidad y Estadística de la Zona de Carreteras Nacionales de Tunja, creado por Decreto número 2464 de 24 de julio del corriente año; c). Secretario-Jefe de Personal dependiente de la Dirección de la Zona de Carreteras Nacionales de Pasto, creado por Decreto número 1581 de 9 de mayo del corriente año; y d). Secretario dependiente de la Dirección de la Zona de Carreteras Nacionales de Neiva, creado por Decreto número 1579 de 9 de mayo del presente año.
Decreto 3578 de 1950 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3578 de 1950 · Por el cual se dictan unas disposiciones (Ramo de Conservación de Carreteras y Puentes)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.