Micelio

Artículo 25

Decreto 1881 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 41 de 1993

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Organismos Ejecutores podrán celebrar contratos, con las Asociaciones de Usuarios de los Distritos de Adecuación de Tierras, para la administración, operación y conservación del Distrito. El Reglamento de Administración, operación y conservación del Distrito que expida el Organismo Ejecutor, hará parte del contrato que se suscriba para los fines del inciso anterior.

Parágrafo

El Consuat fijará los parámetros para la realización de los contratos de administración, operación y mantenimiento y los criterios de selección del Organismo Administrador que deberán tener en cuenta los Organismos Ejecutores Públicos. En los casos de los Organismos Ejecutores Privados, los contratos o convenios los celebrará el INAT. CAPITULO IV. De las asociaciones de usuarios

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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