Micelio

Artículo 1

Ley 87 de 1931 · Por la cual se permite el paso de fuerza motriz a la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La fuerza hidroeléctrica o de otra clase cualquiera que, producida en un país, vecino, quiera transportarse para prestar dentro del territorio de la Republica sus servicios a las industrias, pagara por cada caballo, mensualmente, de uno a tres pesos, a favor del Tesoro del Municipio donde estén situadas las fábricas que la utilicen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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