Micelio

Artículo 4

Ley 605 de 2000 · Por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de administrador en desarrollo agroindustrial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los campos de ejercicio profesional definidos en el artículo anterior se entienden como propios de la administración en desarrollo agroindustrial, sin perjuicio de las acciones que en estas mismas áreas desarrollen los titulares de otras profesiones legalmente reconocidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 605 de 2000