Citación de terceros. Cuando de la solicitud de investigación o de los registros que lleve la Superintendencia General de Puertos, aparezca que existen terceros determinados que pueden estar directamente interesados en las resultas de la decisión, se les citará para que puedan hacerse parte y hacer valer sus derechos. La citación se hará por correo a la dirección que se conozca, sin no hay otro medio más eficaz. Si la citación no fuere posible, o pudiere resultar demasiado costosa o demorada, a través de la Secretaría General de la Superintendencia General de Puertos, se insertará en un periódico de amplia circulación nacional o local o en el oficial que tenga a disposición la Superintendencia, una publicación que contenga un extracto de aquélla que permita identificar su objeto.
Decreto 1002 de 1993 →Vigente
Artículo 13
Citación De Terceros
Decreto 1002 de 1993 · por el cual se reglamenta los artículos 41 y 42 de la Ley 01 de 1991.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.