Adiciónese el numeral 12 del artículo 2° de la Ley 1115 de 2006, el cual quedará así:
“12. Registro en Colombia de una nave o artefacto naval destinado al tráfico internacional marítimo. Expedición y cancelación de matrícula de naves.”
Ley 2133 de 2021 · por medio de la cual se establece el régimen de abanderamiento de naves y artefactos navales en Colombia y se disponen incentivos para actividades relacionadas con el sector marítimo.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Adiciónese el numeral 12 del artículo 2° de la Ley 1115 de 2006, el cual quedará así:
“12. Registro en Colombia de una nave o artefacto naval destinado al tráfico internacional marítimo. Expedición y cancelación de matrícula de naves.”
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.