Micelio

Artículo 3

En Desarrollo Del Artículo 15 De La Ley 163 De 1959, El Gobierno Puede Contratar O Convenir Con Particulares La Realización De Exploraciones Y Excavaciones Que Tengan Por Objeto La Búsqueda De Monumentos

Decreto 1397 de 1989 · Por el cual se reglamenta la Ley 163 de 1959.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En desarrollo del artículo 15 de la Ley 163 de 1959, el Gobierno puede contratar o convenir con particulares la realización de exploraciones y excavaciones que tengan por objeto la búsqueda de monumentos. En tal caso, si son monumentos muebles, puede pactarse que la remuneración del particular corresponda a una porción de los bienes rescatados o de su valor. Para el caso de los monumentos inmuebles, tal remuneración se fijará en un porcentaje de su valor. Los contratos y convenios a que alude este artículo son de derecho privado de la administración y se regirán exclusivamente por las normas de la Ley 163 de 1959.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1397 de 1989