º La Comisión mencionada en el artículo anterior será un organismo asesor de carácter temporal, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que funcionará de acuerdo con su propio reglamento.
Artículo 2
º La Comisión Mencionada En El Artículo Anterior Será Un Organismo Asesor De Carácter Temporal, Adscrito Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Que Funcionará De Acuerdo Con Su Propio Reglamento
Decreto 425 de 1991 · por el cual se crea una Comisión Técnica Interinstitucional para que proponga al Gobierno Nacional los proyectos de decretos que han de expedirse en uso de las facultades extraordinarias contempladas en los artículos 9° y 19 de la Ley 45 de 1990, relativas al término dentro del cual los establecimientos de crédito han de alcanzar los capitales mínimos exigidos y a la reorganización del sector financiero oficial, respectivamente.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.