El Consejo Administrativo del Municipio de Bogotá estará integrado por doce miembros, cuatro de los cuales serán nombrados por el Presidente de la República, en forma paritaria entre los partidos tradicionales, y los ocho restantes por la Asamblea Nacional Constituyente, siguiendo el sistema del voto incompleto, cinco por la Mayoría y tres por la minoría.
El Alcalde tendrá voz y voto en las deliberaciones.